Se restablecen los régimen de visitas de los menores suspendidos durante la declaración del estado de alarma

|

Unnamed


El Juzgado nº8 de Salamanca anuncia que una vez publicada la Orden del Ministerio de Sanidad que autoriza a los menores de 14 años la posibilidad de desplazarse fuera del domicilio familiar, ha acordado restablecer la vigencia régimen de guarda y custodia compartida sobre los menores, a partir del día 27 de abril, con posibilidad de comenzar recuperación del tiempo perdido por parte del progenitor que no ha disfrutado de la convivencia con el menor, siempre que este progenitor tenga la disponibilidad de la recuperación inmediata.

 

También se restablece la vigencia del régimen de visitas anterior a la declaración del estado de alarma que tuvieran los padres con sus hijos, con la posibilidad de que sea el progenitor no custodio el encargado de salidas del menor entre semana, los días que le corresponda.


Con respecto a las salidas de los menores durante los fines de semana, será el progenitor no custodio el encargado de las mismas, para facilitar la recuperación del tiempo que no han podido disfrutar de los hijos.


El juzgado mantiene la obligación del progenitor custodio de informar al no custodio, cada vez que sea requerido para ello, sobre el estado de salud del menor, así como de potenciar, dentro de un horario razonable, la comunicación del menor con el progenitor no custodio por teléfono o cualquier otro medio telemático.


Este acuerdo se aplica para los casos que entre los domicilios de los progenitores no se encuentren a excesiva distancia.

Comentarios